Por Sonia Tessa / 5 de Diciembre de 2013
CONFIRMAN CONDENAS DE LA CAUSA GUERRIERI
SENTENCIA FIRME PARA REPRESORES
Los magistrados Mariano Borinsky, Eduardo Righi
y Liliana Catucci dieron por probados los
homicidios, las privaciones ilegales de la
libertad y los tormentos en el circuito de La
Calamita-Quinta de Funes- Escuela Magnasco y La
Intermedia; y dejaron firmes las condenas a
prisión perpetua de cumplimiento efectivo en
cárcel común para los cinco represores
condenados en abril del 2010. Al mismo tiempo,
los abogados de la Secretaría de Derechos
Humanos de la Nación y de la agrupación Hijos
Rosario hicieron su alegato en la segunda parte
de la causa. Pidieron 20 años de prisión para
los mismos imputados, y solicitaron una pena de
prisión e inhabilitación perpetua para Juan
Cabrera, Ariel Porra, Joaquín Gurrera, Héctor
Marino González, Ariel López y Alberto Pelliza,
por los delitos de privación ilegítima de la
libertad, tormentos y desaparición forzada de
personas. Una crónica necesaria y todavía
abierta, en el camino iniciado por nuestras
Madres: Memoria, Verdad, Justicia.
CONDENADOS
La Cámara Federal de Casación Penal integrada
por Mariano Borinsky, Eduardo Rafael Righi y
Liliana Catucci dejó firmes las condenas a
prisión perpetua de cumplimiento efectivo en
cárcel común de Oscar Guerrieri, Walter Pagano,
Juan Daniel Amelong, Jorge Fariña y Eduardo
Costanzo, los cinco condenados el 15 de abril de
2010 por el Tribunal Oral Federal número 1 por
17 homicidios agravados y decenas de privaciones
ilegales de la libertad y aplicación de
tormentos, contra las víctimas del circuito
represivo La Calamita-Quinta de Funes-Escuela
Magnasco, La Intermedia. Uno de los pedidos de
Costanzo era que se considerara atenuante para
su condena la colaboración en el esclarecimiento
de los hechos, lo que fue rechazado al
considerar que su testimonio no constituyó
"prueba dirimente". De este modo, se abre la
puerta para que vuelva a tramitarse el retiro de
la matrícula de abogado a Amelong, ya que la
sentencia está firme.
El voto de Borinsky --tomado como base por los
otros dos magistrados-- indicó que está probada
en la causa la existencia de un "plan
sistemático y global con el objetivo de
exterminar al enemigo, es decir, a quienes
denominaban 'elementos subversivos', que fue
ejecutado, entre otros, por el Destacamento de
Inteligencia 121, cuyos integrantes Oscar
Pascual Guerrieri, Juan Daniel Amelong, Eduardo
Rodolfo Costanzo, Jorge Alberto Fariña y Walter
Salvador Dionisio Pagano, llevaron a cabo esta
tarea, en diferentes lugares físicos y en
diferentes tiempos; actuando en los siguientes
centros clandestinos de detención, primero en la
quinta 'La Calamita', luego en la 'Quinta de
Funes', a continuación en la 'Escuela Número 288
Osvaldo Magnasco', posteriormente en la quinta
'La Intermedia' perteneciente a la familia de
Amelong y por último en la 'Fábrica Militar de
Armas Domingo Matheu'".
Para Borinsky, "con el traslado a la Quinta de
Funes se modifica notablemente el modus operandi
del mentado grupo pues se cambia de estrategia
en la lucha contra la subversión, se busca
'copar' o 'convertir' al enemigo en vez de
aniquilarlo. Allí se aplicaron a las víctimas
torturas psicológicas quienes debieron optar
entre colaborar con las fuerzas armadas o la
muerte y la desaparición propia o la de un ser
querido".
Para los jueces de Casación, "en la sentencia
quedó plenamente acreditada la responsabilidad
que les cupo a los cinco imputados en los
delitos de privación ilegítima de la libertad
agravada por mediar violencia y amenazas,
tormentos agravados por ser las víctimas
perseguidos políticos y homicidio agravado por
alevosía, con el concurso premeditado de dos o
más personas y para procurar su impunidad".
En cuanto a la matrícula de Amelong, el Colegio
de Abogados decidió retirársela en agosto de
2011, y en octubre pasado, la Corte Suprema de
Justicia de la provincia decidió restablecerla,
en voto dividido.
HIJOS Y VÍCTIMAS
El mismo día que la Cámara de Casación
confirmaba las sentencias a prisión perpetua de
Pascual Oscar Guerrieri, Jorge Alberto Fariña,
Juan Daniel Amelong, Walter Pagano y Eduardo
Costanzo, ayer los abogados de la Secretaría de
Derechos Humanos de la Nación, y de la
agrupación Hijos Rosario, Alvaro Baella y
Santiago Bereciartúa, hicieron su alegato en la
segunda parte de la causa. Pidieron 20 años de
prisión para los mismos imputados, acusados en
esta causa por asociación ilícita. Y solicitaron
una pena de prisión e inhabilitación perpetua
para Juan Cabrera, Ariel Porra, Joaquín Gurrera,
Héctor Marino González, Ariel López y Alberto
Pelliza, por los delitos de privación ilegítima
de la libertad, tormentos y desaparición forzada
de personas, una figura en la que se detuvieron
especialmente.
"Inevitablemente, las vidas de los compañeros
que hoy representamos se encuentran atravesadas
por esas persecuciones, secuestros,
desapariciones y búsquedas", dijo Baella, antes
de reseñar las palabras de cada uno de los hijos
e hijas de desaparecidos que declararon en la
causa. Y reclamó una vez más: "Tenemos el
derecho de conocer la verdad de lo que sucedió,
saber dónde están los compañeros desaparecidos y
encontrar al hermano mellizo de nuestra
querellante Sabrina Gullino, así como a cada uno
de nuestros hermanos. Como dijo Eduardo Toniolli:
'Ese camino de la verdad y la justicia lo vamos
a alcanzar igual, tarde o temprano, hablen o no
hablen estos genocidas aquí sentados'".
Los abogados también recordaron la declaración
de Ignacio Laluf. "También puedo decir que en mi
persona y en mi ser, había mucha incertidumbre,
mis tíos trataban de decirme todo lo que pasaba,
sobre cuándo iban a llegar, porque yo preguntaba
mucho dónde estaban mis padres. Yo habré tenido
tres años y recuerdo que tocaban timbre y yo
salía corriendo pensando que eran mis padres que
venían a buscarme, pero eso nunca pasaba. Eso me
provocaba desilusión", expresó el hijo de Carlos
Laluf y Marta Benassi, los dos desaparecidos del
circuito represivo Quinta de Funes Escuela
Magnasco La Intermedia.
Baella también afirmó: "A través de la historia
de nuestros seis compañeros Hijos representados,
se hace tangible la experiencia de vida de
muchos otros hijos e hijas de militantes
políticos desaparecidos y desaparecidas, de la
extensión y efecto que el terrorismo de estado
tuvo a lo largo de estos 37 años y sostiene en
el presente que habitamos. Partiendo de la base
que se trató de un plan sistemático de
reorganización del tejido social que buscó
privilegiar las individualidades, queremos
reivindicar el carácter inherentemente colectivo
de las consecuencias políticas, económicas y
sociales que sufrimos como país".
Los abogados desplegaron varias frases de hijos
de desaparecidos. Se refirieron también a la
definición de Eduardo Toniolli, hijo de Eduardo
Toniolli, quien se consideró un "testigo
ausencial" de los hechos juzgados. "Vale en este
caso una aclaración o una observación que tiene
que ver fundamentalmente el por qué estoy hoy
acá atestiguando, dando testimonio y por qué no
lo hice en la primera parte de este juicio. Al
no haber sido testigos presenciales, el peso o
la importancia de esos testimonios, no era
fundamental, digo que quizás era una mirada
equivocada porque vamos construyendo una mirada
sobre estos juicios mientras se van haciendo,
porque, repito, son excepcionales", dijo el
diputado provincial del Movimiento Evita cuando
le tocó declarar en la causa.
El alegato de Baella y Bereciartúa duró varias
horas, y llegaron a informar en la sala de la
confirmación de la sentencia de Guerrieri I. Uno
de los puntos fundamentales de la argumentación
estuvo relacionado con el pedido de pena por
desaparición forzada de personas. "Nos
encontrarnos frente a un delito de carácter
permanente o de consumación permanente, el cual
no cesa hasta que se conozca el verdadero
destino de la persona desaparecida o con la
aparición con vida de la misma", dijo Baella,
quien subrayó: "Un importante argumento del por
qué deben tipificarse estas conductas como lo
que fueron son las declaraciones de ausencia por
desaparición forzada de muchas de las víctimas
emanadas de distintos juzgados civiles". Esas
declaraciones constituyen, en muchos casos,
pruebas en los juicios en curso.
Pero además, Bereciartúa ahondó en un tema
particularmente sensible. "El objetivo general
de aniquilar a los detenidos, de
deshumanizarlos, de despojarlos de su identidad,
tuvo diferentes maneras de llevarse a cabo en
los centros clandestinos de detención de nuestro
país. Una de ellas, extremadamente perversa y
aplicada también por los acusados, consistió en
obligar a los detenidos a realizar acciones para
quienes los tenían cautivos, a 'colaborar con
ellos', haciéndoles creer que así vivirían o que
eso garantizaba la seguridad de sus familias que
estaban libres pero eran rehenes del grupo
represivo", dijo el abogado de Hijos sobre la
situación que vivían los
detenidos-desaparecidos. Y se refirió
específicamente a las visitas que realizaba
Fernando Dussex, una de las víctimas, a su
familia y también a una "visita" intimidatoria
de la patota a Fidel Toniolli, el padre de
Eduardo, otro de los desaparecidos.
El profesional abundó: "Resulta claro que en el
marco de un centro clandestino de detención,
donde las relaciones que se establecían eran de
completa dominación, y estaban signadas por una
total desigualdad, la posibilidad de elegir para
quienes eran los sometidos en esas relaciones
era nula o casi inexistente y resultaba
totalmente determinada por los sujetos
dominantes. Elegir, implica tener la libertad de
hacerlo. Es evidente que los únicos que podían
'decidir' algo en esos lugares eran quienes
están sentados allí e integraban el grupo
represivo, que fueron quienes construyeron estos
CCD, y que de forma totalmente arbitraria, como
personeros de la vida y la muerte de los
detenidos desaparecidos, definían quienes vivían
y quienes no, elección que se hacía en base a
distintas especulaciones realizadas sólo por
ellos, sin que existiera la real posibilidad de
que por la actitud de un detenido eso le
significara vivir".
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Imagen: Graciela Borda Osella.
Publicado en Rosario/12. Edición del viernes 6
de diciembre de 2013.
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